En nuestro país se ha desarrollado una clase burguesa con expresiones financieras, comerciales y rurales, sin embargo, es evidente el crecimiento de cárteles que, ante la falta de control por parte del Estado mexicano, se han dedicado a explotar segmentos del mercado atendiendo la demanda de millones de personas que utilizan estimulantes no legales; a la élite formada por el crimen organizado podríamos definirla como lumpen burguesía.
Las organizaciones criminales han creado fuentes de trabajo difíciles de cuantificar; hay datos informales sobre altos salarios que se pagan a miles de personas que se contratan como guías de ilegales en las fronteras (polleros), como transportistas de droga por tierra mar y aire (burreros), como vigilantes de los movimientos de las autoridades (halcones) o como gatilleros a sueldo (sicarios); estas personas podrían definirse como lumpen proletariado.
Mientras en el México formal la clase dominante representada por el PRI-PAN intenta imponer una legislación que haga más cómoda la explotación de las clases subordinadas, en el México real crece una lumpen burguesía que se prepara para atender el mercado creciente de la Unión Americana; conscientes de los altos riesgos pero consolados por sus altas percepciones, a los miembros del lumpen proletariado les tiene sin cuidado la reforma laboral.
Repentinamente y en el momento más inoportuno, el Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), presentó su plan de reforma a la Ley Federal del Trabajo. De un solo golpe ignoró las propuestas de especialistas, del movimiento sindical democrático, la academia, la sociedad civil y la experiencia internacional, y se limitó a formular una especie de pliego petitorio empresarial…
La reforma laboral no se presentó como una iniciativa de ley, sino como el supuesto resultado de “diversas iniciativas presentadas ante el Congreso de la Unión durante los últimos 11 años…” Es falso que integre la riqueza de estas propuestas; al contrario, al partir de un diagnóstico equivocado del país y sus necesidades, plantea cambios absurdos colocando al gobierno en la posición extrema del sector empresarial, como si se tratara de una revisión de contrato colectivo de trabajo, abdicando de su condición de árbitro…
El documento conocido como Iniciativa Lozano propone que los salarios caídos en los juicios laborales se reducirán a seis meses, el resto del tiempo será a costa del trabajador. Difícil encontrar una propuesta más lesiva a los asalariados al dejarlos en franco estado de indefensión; basta señalar que los juicios laborales tardan varios años para concluir por causas imputables al propio gobierno, debido también a la integración tripartita de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y a factores ajenos a los trabajadores.
Seguramente la STPS alegará en su favor que el tope en salarios caídos y la contratación por horas existe en otros países, pero omitirá advertir que en ellos hay seguro de desempleo, contratación colectiva por rama de actividad, protección universal a la salud y retiro, tribunales imparciales y eficientes con recursos suficientes, sanciones a las violaciones empresariales y un conjunto de protecciones que no operan en el nuestro y que la propuesta laboral no contempla, puesto que evidentemente se limitó a atender las sugerencias de abogados empresariales, quienes hoy, con el pretexto de la crisis, buscan un ambiente laboral a la medida de sus deseos.
La iniciativa de la STPS hace imposible el ejercicio de la libertad sindical, contratación colectiva auténtica y derecho de huelga, contraviniendo el texto constitucional, los convenios y compromisos internacionales en la materia, así como el propio discurso oficial. En los artículos 899-A fracción III y 920 fracción IV inciso c, se consolida el control empresarial al obligar a los sindicatos a informar previamente los nombres de los trabajadores inconformes cuando se pretenda emplazar a huelga en busca de la firma de un contrato colectivo de trabajo o cambiar de sindicato.
Se fortalece así el sistema de contratos de protección patronal y la prerrogativa actual empresarial de escoger al sindicato de su preferencia, manteniéndolo aun contra la voluntad de los trabajadores. Todas las libertades al patrón, todas las restricciones a los trabajadores y los sindicatos; nada de propuestas nuevas para favorecer la democratización gremial, el fortalecimiento de la contratación colectiva entendida como el espacio idóneo para una flexibilidad laboral concertada, que responda a las necesidades de un mercado de trabajo cambiante y una creciente exigencia de mejorar la calidad de vida.
Ningún cambio en el sistema de justicia, por el contrario, da marcha atrás en temas propuestos con anterioridad, como la transparencia en contratos y registro de asociaciones, al introducir una figura que sólo obliga a informar de “índices actualizados”; además, la propuesta de voto secreto en los procesos electorales hoy se sustituye con una nueva redacción, al señalar que podrá ser “mediante voto secreto o votación pública…” (Alcalde Justiniani, 2009).
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