El presidente Andrés Manuel López Obrador informó que el Instituto Nacional Electoral (INE) le interpuso una sanción porque en un evento en el Almoloya de Juárez, Estado de México, llamó a que en la próxima elección es importante no sólo ganar la Presidencia, también se tiene también que ganar la mayoría en el Congreso.

“Ahora me acaban de sancionar los del INE, y ojalá esto se ventile, lo voy a ventilar aquí. Vamos a cumplir, me están pidiendo que yo quite un discurso que di en Almoloya de Juárez de hace como una semana porque hablé de que había que votar no solo por el candidato a la Presidencia o candidata a la Presidencia sino también por los legisladores porque era muy importante tener mayoría en el Congreso”, explicó.

Sin embargo, López Obrador ante los medios de comunicación a través de la conferencia matutina, anunció que apelará esa resolución porque nunca llamó a votar por Morena.

Si bien, la Oficina de la presidencia eliminará el discurso, es mentira que haya llamado a votar a favor de Morena.

“Me van a sancionar que por qué dice la resolución que llamé a votar por Morena cuando no es cierto. Está como cuando me sancionaron porque dije algo de la señora (Xóchitl Gálvez), no dije nada, pero manipularon de que yo estaba insultando a una posible precandidata y cuando no fue cierto. Resulta que manipularon mis palabras”, acusó.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó, por unanimidad de votos, a la Presidencia de la República retirar de sus plataformas el segmento del evento denominado “Programas para el Bienestar”, que encabezó el presidente López Obrador el pasado 10 de diciembre en Almoloya de Juárez, Estado de México, donde hizo alusión a programas sociales, y solicitó el voto por candidaturas de la Cuarta Transformación.

El colegiado determinó procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas, toda vez que, bajo la apariencia del buen derecho y desde una óptica preliminar, se trata de manifestaciones que son de carácter político-electoral, asociadas con un posible uso indebido de programas sociales, difundidas a la ciudadanía en general.

Por lo anterior, se ordenó a que en un plazo que no podrá exceder de 6 horas, se realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para modificar las páginas de Internet donde se encuentren alojados los archivos de audio, audiovisuales y/o versiones estenográficas del evento denunciado denominado “Programas para el Bienestar”, así como de cualquier otra plataforma electrónica bajo su dominio, control o administración.