El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo revocó la resolución emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, en el Procedimiento Sancionador Electoral promovido por Rufino H León Tovar, aspirante a la candidatura a Gobernador. El ex Secretario de Transporte y Movilidad de dicha Entidad, se inconformó ante el Órgano interno de este partido, impugnando el proceso de selección de los precandidatos que se incluyeron en una encuesta que culminó en la nominación del Senador Julio Menchaca Salazar, como precandidato único del citado instituto político.

H León hizo valer ante la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, que el dictamen emitido con fecha 7 de diciembre de 2021 por la Comisión Nacional de Elecciones, con el que se eligieron a siete aspirantes para ser sometidos a dicha encuesta, es ilegal y viola sus derechos político-electorales para ser precandidato, ya que transgrede los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, autonomía, independencia y equidad, al apartarse de las disposiciones constitucionales, de sus Estatutos y de la Convocatoria emitida para la selección de candidato.

El también ex Procurador Federal del Trabajo burocrático argumentó que al seleccionar a los siete precandidatos, la Comisión Nacional de Elecciones no realizó una adecuada revisión, valoración y calificación de los perfiles, como lo ordena la Convocatoria y los Estatutos; además de que se transgredió el artículo 6 Bis de este último ordenamiento, el cual establece que que para la selección de los candidatos a puestos de elección popular, deben valorarse y serán vinculantes: la trayectoria política, los atributos ético políticos, el activismo dentro de la izquierda y la antigüedad en la lucha por las causas sociales.

Mediante resolución del 27 de diciembre de 2021 el órgano interno de morena dejó sin materia el procedimiento de queja, argumentando la inexistencia del acto reclamo por lo cual, Rufino H León promovió Juicio para la Protección de Derechos Político-Electorales del Ciudadano, radicado con el expediente TEEH-JDC-002/2022 ante el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo. El día de hoy este órgano electoral dictó sentencia en el juicio, resolviendo revocar la resolución de MORENA y ordenando que en un término de setenta y dos horas, la Comisión Nacional de Elecciones dicte una nueva resolución en la que entrando al fondo, se pronuncie respecto de las pretensiones del promovente, lo cual podría tener como resultado la reposición del procedimiento de selección de los precandidatos a fin de que se cumpla el artículo 6 Bis de los Estatutos, es decir, que bajo un esquema de equidad se valore la trayectoria política, los atributos ético políticos, el activismo dentro de la izquierda y la antigüedad en la lucha por las causas sociales de los aspirantes, lo cual deberá darse a conocer a la población de Hidalgo para que de manera libre e informada, a través de una encuesta puedan decidir a la persona que prefieren como candidato del citado partido, para contender por la gubernatura del Estado.

Es importante mencionar que el proceso de selección de candidatos por MORENA a las gubernaturas, se encuentra impugnado al menos en cinco de los seis estados en los que habrá elecciones en junio del presente año, por motivos diversos que coinciden en la ilegalidad, simulación e inequidad del proceso de selección, lo cual mantiene en un grave riego a este Partido.