Por: Enrique Jonguitud

Ciudad Victoria, Tamps.- El Tribunal Electoral de Tamaulipas (Trieltam) desechó hoy tres recursos de impugnación en relación a la elección interna del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y dos más contra el Congreso del Estado acerca de la reforma electoral.

De manera unánime los magistrados votaron a favor de desechar las inconformidades, dos de las cuáles fueron interpuestas por Enrique Cárdenas del Avellano, y otra más por el aspirante priista Luis Enrique Arreola.

El magistrado Eddy Izaguirre Treviño, dijo que Cárdenas del Avellano alegó como muy largo el tiempo entre la emisión de la convocatoria para renovar la dirigencia del partido y el registro de candidatos : “son 61 días, y por eso él considera que el PRI no está cumpliendo con el mandato que hizo este Tribunal, pero la resolución fue que emitiera la convocatoria, no acerca de la modificación de los tiempos internos”.

Otro alegato de Cárdenas del Avellano que se desechó fue un presunto incumplimiento de las normas internas priistas, sin embargo el reclamo fue hecho de manera extemporánea, saltándose los tiempos establecidos por el PRI, por lo que el Tribunal también declaró el asunto como infundado.

En tanto, la inconformidad de Luis Enrique Arreola, quien pidió al Tribunal declarar la nulidad de las elecciones internas del PRI, sin embargo la magistrada Emilia Vela González explicó que el asunto fue resuelto de manera previa por la Comisión de Justicia del Comité Ejecutivo Nacional del tricolor, por lo tanto el Tribunal desechó la impugnación.

En la sesión también se negó conceder la razón al ex diputado y ex candidato independiente, Alfonso de León Perales, quien pretendía modificar la reforma electoral hecha el año pasado por Congreso del Estado.

Según de León Perales los artículos 13 transitorio y 80 de la Ley Electoral, socavan sus derechos electorales al obligarlo a que si desea ser postulado por un partido político en las elecciones, tendrá que afiliarse al mismo al menos dos meses antes de los comicios.

Sin embargo los magistrados del pleno del Tribunal consideraron que de León Perales no impugnó ningún hecho concreto, por lo cual su inconformidad quedó sin materia.